CC APA LA ENCARNACIÓN (VILLENA)
A todos los miembros de la Comunidad Escolar:
Según la orden de 10 de octubre de 1997 de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia publicada en el DOGV de 14 de octubre y sobre dicho marco normativo, los Centros procedieron en noviembre de 1997 a la renovación total de los Consejos Escolares y posteriormente en diciembre de 1999 a la primera renovación parcial. Asimismo se realizó la segunda renovación parcial en noviembre de 2001, la tercera en noviembre de 2003, la cuarta en noviembre de 2005, la quinta en noviembre de 2007, la sexta en noviembre de 2009, la séptima en noviembre de 2011 y la octava en noviembre de 2013.
El apartado cuarto 1.a de la Orden de 10 de octubre de 1997 establece que la mitad que debe renovarse en el presente proceso es la formada por:
– Dos representantes del Titular del Centro.
– Dos representantes de los Profesores/as.
– Dos representantes de los Padres/Madres (son electores y elegibles el padre y la madre o los tutores legales de los alumnos escolarizados).
– Un representante de los Alumnos/as (únicamente a partir de 1º de ESO).
Habiendo transcurrido dos años desde entonces procede la renovación parcial de los Consejos en la forma prevista en dicha Orden. En este sentido se ha dictado la Resolución de Resolución de 22 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Política Educativa, de convocatoria de elecciones a consejos escolares de determinados Centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana (DOCV de 28 de septiembre).
Se ha fijado el calendario electoral orientativo que determina que el periodo de presentación de candidaturas será hasta el 11 de noviembre de 2015 y la celebración de las elecciones será el 26 de noviembre de 2015, dando la publicidad suficiente para el conocimiento de todos los interesados.
Dirección.