Según el Artículo 36 del Decreto 48/2024, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunidad Valenciana establece que cada centro podrá asignar 1 punto al alumnado en quien concurra la circunstancia específica determinada por el consejo escolar de los centros públicos o por la titularidad de los centro privados concertados y que dicha circunstancia no podrá contradecir lo establecido en el artículo 3 del citado decreto ni suponer discriminación de ningún tipo. Indica también que la Administración educativa podrá establecer los procedimientos que se consideren necesarios para la supervisión de este apartado.
Teniendo en cuenta todas estas consideraciones os informamos de que la circunstancia específica determinada por nuestro centro es:
- Estar matriculado o matriculada en el primer ciclo de la Educación infantil del Colegio La Encarnación.
Dirección del Centro